En SLB creemos que es muy importante conocer tus derechos laborales como profesor de idiomas en Catalunya. Para aclarar algunas temas como el papel de los sindicatos, los convenios y el derecho a la negociación colectiva, hemos entrevistado a Heiko Puechel, responsable de Enseñanza no reglada del sindicato Comisiones Obreras.

Conocer tus derechos: entrevista con Heiko Puechel

SLB: ¿Cuál es la situación actual de los sindicatos y el sector de la enseñanza no reglada?

Heiko: En España contamos con dos sindicatos mayoritarios, la UGT (Unión General de Trabajadores) y las CCOO, y un montón de sindicatos pequeños, como la CGT (Confederación General de Trabajadores), la USOC (Unió Sindical Obrera de Catalunya) y la antigua histórica CNT (Confederación Nacional de Trabajo). En nuestro sector, en las enseñanzas no regladas de Cataluña, básicamente contamos con dos sindicatos, que son Comisiones Obreras y UGT. La mayoría de los delegados de los trabajadores en los centros de trabajo son de Comisiones Obreras.

En estos momentos estamos en una situación un poquito complicada por el tema del convenio. Hay un convenio estatal, a nivel de España, que es el séptimo (VII) convenio de las enseñanzas privadas. Y en Cataluña tenemos un convenio que se debería aplicar a los centros de trabajo, que es el octavo (VIII) convenio de la enseñanza privada de Cataluña, con sus apartados sobre el sector no reglado. Y por otra parte existe un convenio que es de eficacia limitada, no es de aplicación generalizada. Este convenio se aplica en empresas que son miembro de la asociación de las patronales, y a los afiliados y las afiliadas de la UGT, y a la persona que solicita expresamente la aplicación de este convenio.

¿Cuál es la diferencia entre el VIII convenio y el tal llamado primer (I) convenio de eficacia limitada de Cataluña, firmada entre UGT y la patronal? En el I convenio, el trabajador tiene menos días de vacaciones. Al trabajador se puede añadir 200 horas al año, que son de obligatorio cumplimiento por parte del profesor, con un preaviso de 5 días. Es decir que el empresario o la empresaria puede llamarte para decir que a partir de la semana que viene te van a añadir una clase, y tu no puedes decir nada. A un precio de 110% del salario base. Esto hace que el concepto de la hora extra desaparece en este texto.

También tenemos aquí un pequeño problema que se llama la categoría experto, que es una figura que puede dar clases, pero mucho más allá de tiempo – hasta 34 horas a la semana – que serán más horas que el personal docente. Y está un grupo técnicos, cobra el mismo precio hora, pero tiene la obligación de trabajar muchos más horas al año, y no tiene horas reconocidas para la preparación.

Hay que reconocer y dejar bien claro que según el VIII convenio el salario está congelado desde 2008, no hemos firmado nada desde ese año, y en el I convenio sí que han incrementado el salario.

SLB: Esto es muy confuso para los profesores. Muchos ni saben que existen convenios, y por lo que dices, este I convenio solo se aplica a ciertos tipos de empresa. ¿Tienes un ejemplo de una empresa que sigue este convenio?

Heiko: Yo no conozco ninguna porque a nuestros afiliados no se aplica este convenio. No tenemos nada que ver, incluso hay una discrepancia muy grande entre CCOO y UGT sobre cómo se ha elevado la negociación, como se ha acordado esto con la patronal. Estamos en estos momentos intentando resolver los problemas entre los dos sindicatos.

SLB: Y el VII convenio estatal, ¿este también es vigente?

Heiko: Sí es vigente, pero fuera de Cataluña. En Cataluña no se debería aplicar. Aquí sí conozco algún centro de trabajo que ha intentado empeorar las condiciones aplicando este convenio estatal, pero siempre ganamos. Siempre ganamos.

SLB: ¿Un centro de educación está obligado a reconocer el convenio?

Heiko: Si hace una actividad de idiomas que encaja en la enseñanza no reglada, no hay ningún debate. Claro, los empresarios siempre quieren debatir con nosotros un montón de cosas, pero no hay debate. El convenio es de obligatorio cumplimiento.

SLB: ¿Nos puedes comentar algo del derecho de formar un comité de empresa?

Heiko: Este derecho no viene de los convenios. Viene del estatuto de los trabajadores. A veces los textos de los convenios recogen esto, pero está regulado por el estatuto. Y por cierto, se puede elegir un delegado en empresas de entre 6 y 30 trabajadores, 3 delegados en empresas de entre 31 y 49, y a partir de 50 trabajadores, se elige el comité de empresa de 5 personas. Y a partir de 100 trabajadores se elige el comité de 9 representantes.

SLB: Entonces una escuela con menos de 50 trabajadores si puede tener representación, pero un comité no.

Heiko: Sí, a partir de 50 es comité, pero el delegado y los delegados del comité tienen casi las mismas competencias.

SLB: Y ¿este delegado tiene que ser afiliado a un sindicato?

Heiko: Pues por la normativa española, no tiene que ser afiliado al sindicato, y también existen diferentes maneras de presentarse. Puedes ir recogiendo firmas y puedes hacer una candidatura independiente, o te presentas con el nombre de un sindicato. Presentándote con el sindicato tampoco significaría que tienes que ser afiliado del sindicato, pero es muy recomendable. Si das este paso pues ¿por qué no te afilias?

SLB: Aquí hemos observado que hay mucho miedo por parte de los profesores, y existe la idea de que si te presentas, te van a echar. ¿Nos puedes decir algo del proceso de elegir un delegado?

Heiko: Suponemos, sobre todo por las especificaciones de las academias medias o pequeñas, es muy recomendable que un sindicato convoque las elecciones sindicales. Quiere decir, por ejemplo nosotros hacemos un preaviso que es un papel entregado en el departamento de trabajo de la Generalitat – los trabajadores no tienen que hacer nada, lo hacemos nosotros. Luego tanto la Generalitat como nosotros informamos a la empresa de que un mes después del preaviso, hay que convocar la mesa electoral. Entonces la empresa tiene que informar a la persona con más antigüedad en la empresa, a la persona más de edad y a la persona más joven, que vayan un día a una reunión para formar la mesa electoral. Y a partir de ahí, hay ciertos plazos en los que los trabajadores pueden presentar una candidatura, y luego se votan.

SLB: Y durante este proceso ¿hay riesgo de que te puedan echar?

Heiko: Pues un trabajador siempre puede ser despedido por causas operativas, pero por otras cosas no se puede. Claro, hay que tener en cuenta que aparte del despido existen muchas maneras de presionar al trabajador. Siempre existe este peligro. Por lo tanto, uno solo no puede arreglar el problema, y en una empresa pequeña, claro normalmente solo se presenta una persona, pero esta persona tiene que tener un grupo de apoyo.

SLB: Cuando hablas de los números de trabajadores, en estas cifras se cuentan solo los profesores o ¿también los otros trabajadores de la empresa?

Heiko: No, en una academia siempre contamos a todos los trabajadores: personal docente, administrativos, servicios generales, etc. Entonces los delegados representan al todo el colectivo.

SLB: ¿Qué tipo de apoyo recibe un profesor afiliado al sindicato?

Heiko: El trabajador afiliado al sindicato tiene gratuito el asesoramiento en la federación. Esto es fácil – es una llamada, pedir día y hora, y venir aquí a estos despachos y se encuentra con un asesor sindical de los sectores privados de la federación de educación de nuestro sindicato. En casos que tocan reclamar cantidades, cosas más complicadas, las pasamos al gabinete de técnico jurídico que sí tiene tarifas pero reducidas para la afiliación. Pero fíjate, en muchas ocasiones la gente viene aquí por el problema de las indemnizaciones y el finiquito, porque el empresario no quiere pagar todo, porque el empresario no reconoce ciertos periodos en los que la persona ha trabajado. Y a veces, y esto pasa a menudo, es una llamada de aquí al empresario o a la gestoría del empresario, o dos llamadas, y el problema se resuelve. Cuando se dan cuenta que están hablando con las CCOO la cosa cambia.

SLB: ¿Se tiene que tener un comité de empresa para empezar el proceso de negociación colectiva, para aumentar el sueldo por ejemplo? ¿O esto puede pasar también con un solo delegado?

Heiko: Sí se puede hacer una negociación colectiva con uno o tres delegados. Pero es recomendable que sea un representante elegido en elecciones sindicales. También existen mecanismos en el estatuto de los trabajadores, cuando el empresario quiere modificar las condiciones de trabajo, los trabajadores pueden crear una comisión ad-hoc. Pero mejor tener representantes elegidos en elecciones sindicales, renovados cada 4 años, para comunicar con la empresa. Es mucho más fácil, el empresario tiene obligaciones, te tiene que informar sobre contrataciones, te tiene que dar unos números sobre el negocio, te tiene que pasar la copia básica de los contratos laborales, y hay un largo etcétera de competencias en temas de vigilancia de condiciones de trabajo que tienen los delegaos y delegadas en las academias. Es muy recomendable.

SLB: ¿Qué tipo de casos pasan por las oficinas del CCOO?

Heiko: Lo típico que tenemos es el contrato fraudulento. Es la temporalidad lo que lo es. Les dan contratos a los profesores de obra y servicio, cuando en ningún caso es obra y servicio. Un profesor debería ir directamente a por un contrato fijo, discontinuo o fijo. Teniendo un contrato de obra y servicio se puede reclamar una contratación correcta. Sería muy recomendable pasar antes por la asesoría del sindicato para que podamos darles una idea. Pero este es el caso más frecuente.

SLB: Entre los contratos fijos y fijos discontinuos, nosotros vemos contratos de solo tres horas …

Heiko: Esto no he visto yo. Deberían ser de media jornada, por ejemplo …

SLB: Pues sí los hemos visto. Y claro, lo más difícil es el fijo de tiempo completo. Claro que hay muchos profes trabajando de tiempo completo, pero porque no tienen reconocidas las horas de preparación, no pueden tener un contrato de tiempo completo. Y según nuestras calculaciones, el I convenio de eficacia limitada reconoce una mínima de horas de preparación, una cifra bajísima que no cabe con la realidad, y por eso te pueden negar un contrato de tiempo completo con facilidad. Es ridículo.

Heiko: Sí es ridículo. Y con nuestro convenio, también es ridículo. Pero cuando no hay más afiliados, no tenemos la fuerza en la mesa de negociación para cambiarlo.

SLB: Esto sería el reto más grande que tenéis, ¿supongo? ¿Esta falta de conexión con los profesores en el sector?

Heiko: No sé si lo llamaría así, pero es la altísima rotación de gente. Cada año, cada medio año, cada dos años, empezar de nuevo a informar a la gente. Hay aquí en Barcelona aproximadamente 200 academias de idiomas, contando Barcelona, Vallés, Baix Llobregat. Cada año unos cierran y otros aparecen.

SLB: ¿Hay un proceso para mejorar el convenio?

Heiko: Nosotros deberíamos negociar de nuevo con la Patronal, que se llama CATformació. Pero ahora mismo no hay negociaciones, casi no hay contactos. Nuestra afiliación en los últimos años ha votado dos veces en contra de firmar el convenio de eficacia limitada, la que ha firmado UGT con la Patronal. De ahí vienen quizás unas discrepancias entre CCOO y UGT sobre el convenio, y ahora estamos en una fase de reuniones con UGT para resolver estas discrepancias con la esperanza de trabajar una plataforma unitaria entre ambos sindicatos para empezar de nuevo a hablar con la Patronal.

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